Ante la transgresión a la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, el gerente general de Electro Ucayali SA Alfredo
Vásquez Eapinoza, el pasado 25 de marzo del presente año se vio en la obligación
de declarar la nulidad de oficio del proceso de selección para la superstición de la obra:”Construcción de la linea de transmisión 60 KV del parque Industrial
de Pucallpa, cuya buena pro había sido otorgada a la empresa Consultores y
Servicios de Ingeniería SA (COSEINSA), cuya propuesta económica sobrepasaba los
400 mil nuevos soles.
Según la normativa que regula las contrataciones y
adquisiciones del Estado, están impedidos de ser participantes, postores y/o
contratistas en las entidades a la que pertenecen los directores de las empresas
del Estado. En el presente caso, fue el jefe del departamento de logística de Electro
Ucayali SA Nelson Vargas Theo que advierte que Moisés Areiste Flores Tinoco miembro
del directorio de Electro Ucayali SA, en
la constitución de la empresa COSEINSA figura como socio con 300 acciones de un
total de mil suscritas.
Según la Resolución que declara la nulidad de oficio
de de la Adjudicación de Menor Cuantía (AMC) derivada de la Adjudicación Directa
Pública Nº 010-2012, se desprende que mediante
Junta General de Accionistas de Electro Ucayali SA de fecha 17 de setiembre del
2012, se designo a Flores Tinoco en el cargo de director de la empresa que
suministra servicio eléctrico quien venia ejerciendo el cargo hasta después del 20 de marzo del 2013, fecha en que se le otorgo la buena pro COSEINSA .